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  • Consulta : 129415
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 243892

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS TARDES.

     Se dice RECONVENIR, que se entiende como CONTRADEMANDAR,  en los incidentes , sean de la naturaleza que sea, puedes contestar, y reonvenir, pero no  se resolvera la reconvenciòn;  si te dejan a salvo los derechos  de reconvenir, ya con ello puedes iniciar un incidente lateral y solicitar que se junten al efecto de que sean resueltos en una sola interlocutoria.

     

    Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO.

    kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m