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  • Consulta : 129315
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buen dia.

    Mire usted. No se confunda. Usted cuenta con un escrito notarial que informa que esta con ustedes?  con todo respeto pero YYYYY ???  eso no sustituye a los padres.  Si bien es cierto ellos ya murieron, usted necesita tramitar en nuestro Estado de Guanajuato, en via judicial una TUTELA DATIVA amen de que el Juez la nombre a usted como TUTORA de la menor y pueda representarla legalmente en TODOS sus tramites. De otra forma, ese escrito notarial NO LE SERVIRÁ ABSOLUTAMENTE PARA NADA ya que solo habla de que la menor queda bajo su cuidado siendo que un Notorio no tiene facultades para designar custodia y mucho menos patria potestad.

    Por cuanto hace al acta de la menor ... puede usted contactar en León a Sebastian Parra quien se dedica a hacer ese tipo de tramites, traer y apostillar actas de EU para posteriormente los familiares se presenten ante el Registro Civil a solicitar la INSERCION de acta. Su numero es 018008777700

    Lo que comenta el colega que antecede (Saludos) con relación a la SEP no aplica a su caso. Eso es para aquellos que fueron expulsados por las autoridades de EU por ser ilegales y llegan a mexico sin papeles de educación. La SEP hace un estudio de ubicación y hace la llamada homologación para ubicarlos a los planteles nacionales en base a su nivel de estudios pero NADA tiene que ver con el problema que usted expone. Requiere forzosamente de una inserción de acta siempre y cuando ella sea hija de padres Mexicanos. Si ninguno de sus padres fue mexicano. Entonces aplica la siguiente opción.

    Una Tercera persona necesitará llevar a cabo la tutoría (Podría ser el DIF) para que una vez concedida, se inicie la adopción plena de la menor y el tutor de su consentimiento a la misma y entonces, tendrá un acta mexicana donde figure su sobrina ahora como una hija.

    Saludos. Cualquier duda quedo a sus ordenes.

    Lic. Omar Ulloa