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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Octubre de 2011 16:55 2011-10-31 16:55 desde IP: 189.152.81.38
debe de hacer la DEMANDA ya con la negativa del infonavit de reingresarle los fondos..
Infonavit atenderá las jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación sobre la devolución de la subcuenta de vivienda
• La devolución aplicará únicamente para los trabajadores que obtengan un amparo indirecto por parte
de un Juzgado de Distrito.
• La Corte establece plazos para que el Instituto recupere los recursos que transfirió al Gobierno
Federal para que le sean devueltos a los trabajadores.
A los trabajadores que obtengan un amparo indirecto por parte de un Juzgado de Distrito se
les devolverá el ahorro acumulado en la subcuenta de vivienda a partir del tercer trimestre de
1997, siempre que no hayan utilizado su crédito o que hayan acumulado nuevamente recursos
una vez liquidado éste.
Esto, atendiendo a las jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En apego a lo establecido en la Ley del Infonavit, cuando un trabajador se retira, el Instituto
debe transferir al Gobierno Federal los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda para
que se sumen a su pensión.
La jurisprudencia 92/2011 establece que los trabajadores podrán presentar en cualquier
momento un amparo indirecto por la inconstitucionalidad del artículo octavo transitorio de la
Ley del Infonavit, para recuperar su ahorro para vivienda, a partir de que el Instituto les
manifieste la imposibilidad de devolverles su saldo de la subcuenta de vivienda 1997 por
haber sido transferido al Gobierno Federal.
En la jurisprudencia 93/2011, la Corte establece un plazo de 10 días hábiles para que la
Tesorería de la Federación entregue al Infonavit los recursos del trabajador que haya obtenido
una resolución favorable por parte del Juez de Distrito.
Una vez que el Instituto reciba los recursos de parte de la Tesorería, tendrá 10 días hábiles
para entregar el dinero al trabajador en una sola exhibición.
“La Corte reconoce que el Instituto no tiene en sus cuentas el dinero cuya devolución le solicita
el trabajador, por lo que establece un procedimiento que evita que se presente un doble pago
para el Instituto, el primero de ellos a la Tesorería y el segundo al trabajador al que se le haya
concedido el amparo”, explicó Jaime Valerio, gerente de Asuntos Jurídicos del Instituto.
Cuando ha tenido los recursos en su poder, Infonavit ha atendido todas las resoluciones
dictadas por los Juzgados de Distrito. A la fecha ha devuelto recursos por más de 130
millones de pesos vía amparos indirectos a más de 2 mil 200 trabajadores.
Consciente de esta situación, en la propuesta de reforma a la Ley del Infonavit enviada por el
Ejecutivo Federal a la Cámara de Diados desde el 2009, se plantea la modificación al
artículo octavo transitorio para que pueda devolver directamente los recursos a los trabajadores
sin que éstos deban emprender una acción legal.
saludos.
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