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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Octubre de 2011 12:24 2011-10-30 12:24 desde IP: 189.216.30.73
eleija
Debe usted asistirse de abogado de su confianza y demandar la rescision del contrato de compar-venta por falta de pago, sera competente los Tribunales del Estado que hayan señalado las partes en el cuerpo del contrato.
Saludos.
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