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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Octubre de 2011 10:51 2011-10-29 10:51 desde IP: 189.216.179.58
Distinguido Consultante
Difiero de la orientación de su abogado, en cuanto a la extinción de la acción rescisoria del contrato, basada en la falta de pago oportuno, pero me falta información para contestarle al respecto.
Teniendo en cuenta que su “amigo” le adeuda dinero sería lo propio demandarle el pago del adeudo y desde luego tener en cuenta que su “amigo”, puede responder con el terreno materia de esta consulta, por lo que usted tiene acciones que ejercitar en contra del deudor.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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