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  • Consulta : 129119
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 243509

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    Difiero de la orientación de su abogado, en cuanto a la extinción de  la acción rescisoria del contrato, basada en la falta de pago oportuno, pero me falta información para contestarle al respecto.

    Teniendo en cuenta que su “amigo” le adeuda dinero sería lo propio demandarle el pago del adeudo y desde luego tener en cuenta que su “amigo”, puede responder con el terreno materia de esta consulta, por lo que usted tiene acciones que ejercitar en contra del deudor.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx