Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 128863
  • Autor : CyC Abogados
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 341
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 243168

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted es libre de designar a las personas que obtendran sus bienes una vez que no este, es decir usted puede heredar a quien quiera, incluso darlos a la beneficencia publica si asi lo decide y nadie se puede oponer a sus deseos, es completamente legal.

    El testamento es el documento idoneo para formalizar esto, acuda con el notario de su confianza y dele curso legal.

    Saludos cordiales.