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  • Consulta : 128692
  • Autor : MERCHE68
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  • Autor
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  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues en teoria los derechos por concubinato (al no existir matrimonio por parte de ninguno de los 2) son los mismos que el del matrimonio, si estan de acuerdo se debe de repartir al 50%.

    Asesorate de un abogado, ya que al estar todo a nombre de la pareja sera dificil demostrar que contribuiste para adquirir los bienes.