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AutorRespuesta No: 242907
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Fecha de respuesta: Domingo 23 de Octubre de 2011 22:10 2011-10-23 22:10 desde IP: 189.145.46.46
hola buenas noches, cuando se lleva un juicio de divorcio incausado, usted ingresa la demanda, se notifica a su esposo, se fija la fecha de audiencia ante el secretario de acuerdos o el conciliador, el expediente no pasa a sentencia hasta que se desahoga la audiencia de ley, es decir en audiencia lleguen a un acuerdo o no sobre el convenio pasa a sentecia, es bien importante que cheque su expediente porfavor, en primer lugar cheque bien en el archivo a donde turnaron el expediente, si el expediente paso a sentencia pregunte a que proyectista se lo turnaron y pida el expediente para que lo revise, en caso de que no este en sentencia pase con el secretario de acuerdos y de igual forma pida el expediente para que lo cheque para que esta, perdon por correjir a ilianave, pero no hay audiencia incidental hasta que la sentencia haya causado ejecutoria y no se interpuso apelación y se haya demandado por alguna de las partes. suerte que dios la bendiga
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