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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Octubre de 2011 04:40 2011-10-22 04:40 desde IP: 189.156.41.98
Por lo pronto, no te apures, los pegotes en la puerta NO SON EMBARGOS JUDICIALES, al contrario los puedes demandar por daños a tu propiedad, te recomiendo mejor antes que realmente le pasen la cuenta a algun abogado o despacho vahyas tu y trates de arreglar o si no mejor ve con un abogado y cuentale para que en base a las cuentas reales te haga un procedimeinto de pago y liberacion de deuda ante el juzgado, pero de l oque realmente debes.
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