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  • Consulta : 128328
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 243373

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Guillermo Pérez:

    Ande pues, agote su derecho tal y como le conseja el forista oduphulos, a quien ni siquiera podrá usted exigir responsabilidad alguna por el pésimo consejo que le ha dado, ya que ningún procurador tiene facultades para legislar y el artículo 20 constitucional es bien claro al decir que lka impugnación de las determinaciones ministeriales de inejercicio será mediante un proceso en forma de juicio, y dicho forista usa un nick ocultando del todo sus datos de nombre etc..., y hasta proporciona un número de cédula totalmente falso visible cuando usted visita "su oficina" virtual de México Legal.

    Le felicito por hacer caso de un completo desconocido y ya lo vweré llorando sus penas cuando su "inconformidad" sea resuelta desfavorablemente.