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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Octubre de 2011 15:09 2011-10-16 15:09 desde IP: 187.149.179.31
La falta de pago de una deuda no es abuso de confianza. No es delito, usted no le dió el dinero para que lo guardara, sin autorización para que dispusiera de él. Sino que le entregó el dinero para que dispusiera de él libremente, pero con la promesa de pagárselo dentro de un plazo de tiempo. por lo tanto no puede proceder penalmente y el Ministerio Público no tiene nada que ver, debe demadar civilmente como lo señala mascaranegra.
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