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AutorRespuesta No: 242543
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Octubre de 2011 14:14 2011-10-19 14:14 desde IP: 148.240.80.34
J.Armand, si la autoridad responsable viola la suspensión otorgada por el Juez de Distrito, la Ley de Amparo te señala lo que debes promover ante el propio juez que conoce del amparo.
Dado que participas dando orientación a los consultantes, independientemente de que seas o no perito en derecho, si tu intención es aprender, lo más conveniente es que no señale los preceptos legales que contemplan el trámite que debe llevarse a cabo ante la violación de la suspensión, para el efecto que seas tú mismo quien estudie directamente en la Ley de Amparo.
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