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AutorRespuesta No: 264694
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Mayo de 2012 16:28 2012-05-03 16:28 desde IP: 189.153.14.165
En este caso el Corredor Público siempre está obligado a que le acrediten la personalidad quien comparezca ante él conforme a la Ley Federal de Correduría Pública.
Lic Marcelo Estrada
Correduría Pública 31
T. 83713981, 01-800-8310143
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