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  • Consulta : 127734
  • Autor : edmp1712
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  • Autor
    Respuesta No: 241860

  • edmp1712
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola, te saludo cordialmente ..... si el deudor del crédito hipotecario eres tú, entonces el obligado directamente a pagar ese crédito eres tú, así de simple ..... el convenio que firmaste con tu esposa al divorciarte no te sirve de nada, porque solo surte efectos entre ustedes, pero no contra terceros ... es decir, que ciertamente, ustedes pactaron en ese convenio que tu esposa seguiría pagando el adeudo por el crédito hipotecario, pero eso no afecta la naturaleza del contrato mismo, ya que ante la sofol quien sigue apareciendo como deudor ERES TÚ, por lo cual, los efectos del convenio no tienen injerencia en el crédito hipotecario que adquiriste ..... a tu esposa no puedes demandarle nada, porque la "obligacion" que contrajo en el convenio que firmaron al divorciarse, sl no surtir efectos contra terceros, tampoco es exigible a ella; es decir, que con ese convenio no puedes demandarle que cumpla con el pago del crédito hipotecario, a como se comprometió ante el juez, pues el directamente obligado a pagar el crédito ERES TÚ .... mi recomendación amigo, es que te acerques a la sofol y busques la manera de pagar el adeudo, de otra forma, te demandarán el juicio hipotecario, y lo mas seguro es que pierdas la casa .... espero que tu caso se resuelva de la mejor manera, saludos.

    LIC. EDGAR MÉZQUITA