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Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2011 13:11 2011-10-11 13:11 desde IP: 148.233.178.77
hola, te saludo cordialmente .... dices que la sentencia que resolvió que tu no eres padre de la menor fue dictada apenas en este mes (octubre/2011), mi pregunta es: ya causó ejecutoria?? porque mientras no sea elevada a categoría de cosa juzgada (es decir, mientras sea susceptible de ser impugnada a través del recurso de apelación o mediante la interposición del juicio de amparo) aún no es ejecutable y por lo mismo, no puedes ufanarte aún de no ser padre de la menor, porque esa sentencia puede ser revocada en cualquier instancia .... ahora bien, si la sentencia ya fue ejecutoriada, entonces debes iniciar un juicio de cancelación y/o cesación de la obligación de dar alimentos, con base en que se ha demostrado que la menor no es tu hija .... la reducción de pensión e´s un supuesto jurídico que implica demostrar que han variado las condiciones en que fue dictada la sentencia de alimentos, por ejemplo, cuando te quedaste sin un empleo y quieres que se reduzca el porcentaje de los alimentos o que se te fije una manera distinta de proporcionarlos .... en tu caso, el hecho de no ser padre de la menor presupone el cancelar la pensión que le estás proporcionando, como efecto de no tener la obligación filial. Espero que mi opinión te sea útil, saludos.
LIC. EDGAR MÉZQUITA
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