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Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2011 14:09 2011-10-11 14:09 desde IP: 189.180.65.67
Por renuncia voluntaria únicamente te corresponde el pago de los salarios devengados y no pagados y las proporcionalidades de aguinaldo, vacaciones, prima de antiguedad y/o cualquier otra prestación adicional que contemple tu contrato de trabajo.
La parte proporcional de las utilidades se te cubrirán en los meses de abril-mayo del siguiente año.
Saludos.
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