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  • Consulta : 127504
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 241624

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mientras no hayas sido emplazado...puedes hacer movimiento... pero si fuiste llamado ajuicio por medio de emplazamiento... y ya se dicto sentencia... no hay nada que hacer...que no sea pagar..y corre ...porque si se ejecuta...te van a hacer lanzamiento judicial y puedes llegar a pagar  lo que falte y que la casa no cubrio....