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  • Consulta : 127503
  • Autor : edmp1712
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  • Autor
    Respuesta No: 241507

  • edmp1712
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Te saludo desde Tabasco .... aunque tu hermano no quiera promover el juicio intestamentario, lo puedes hacer tú de propio derecho y como heredero de tus padres, mencionando que hay otros dos herederos (en este caso, tus hermanos) a quienes se les citará para que comparezcan a dilucidar sus derechos hereditarios ..... en cuanto al repudio de la herencia que se hizo vía Notarial, siento decirte que no tiene validez legal y por ende, no surte ningun efecto, ya que la mayoría de las lesgislaciones del País adoptan el criterio de que el repudio de la herencia debe hacerse ante el Juez que conozca del juicio sucesorio, por lo que repudiación de la herencia formulada ante Notario carece de validez.

    Para ilustrarte un poco mas, me permito transcribirte este criterio aislado sostenido por el Tribunal Colegiado del