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Fecha de respuesta: Domingo 09 de Octubre de 2011 16:45 2011-10-09 16:45 desde IP: 187.194.50.148
BUENAS TARDES:
1... Ya no abra otra consulta, dirija sus dudas a esta ultima, no sature el servidor de esta pagina.
2... Si no se ha presentado la CUARTA SECCION, al presentarla se pueden ceder los derechos de la herencia asì reconocida en favor y a favor de un tercero, en este caso, tu hijo. y asì saldra la sentencia de particiòn q7ue va directo al notario.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, les daré respuesta a todos.
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