- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 127315
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 241339
-
Fecha de respuesta: Domingo 09 de Octubre de 2011 11:22 2011-10-09 11:22 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
La información que usted proporciona, es confusa y, en todo caso incompleta.
Parto del hecho que un copropietario, solamente puede vender la parte alícuota que le corresponde sobre el inmueble a que usted se refiere,más no puede hacerlo respecto la porción de cada uno delos demás propietarios.
Además, el copropietario vendedor, para que su venta sea válidad, está obligado a respetar el derecho de tanto que le corresponde a los demás copropietarios, para cuyo eecto, debe notificarles que existe una persona interesada en adquirir su parte alícuota en "X" cantidad, a efecto que si alguno de ellos está interesado en adquirir esa porción, será preferido para que la adquiera, en lugar de la persona que no es copropietaria.
Si el copropietario no respeta ese derecho de tanto que asiste a los otros copropietarios,la venta que realice es nula, por lo que quienes resulten afectados con ella, pueden demandarlo a fin de que se declare la nulidad de la compraventa, precisamente por no habérseles respetado el derecho de tanto que la ley les concede.
Ahora abien, si el copropietario que vende su parte alícuota, les hizo la notificación respecto la operación que pretendía hacer de su porción, y ninguno de los copropietarios hizo valer ese derecho de tanto, la venta es válida, pero sólo en el porcentaje que corresponda a la copropiedad al vendedor.
Asimismo, si todos los copropietarios estuvieron de acuerdo en que se vendiera toda la propiedad aun tercero, el precio de la venta debe de ser repartido en función de la parte alícuota que a cada uno corresponda; en consecuencia, si el vendedor hace el pagoóintegro de la operación a uno sólo de los copropietarios, y éste no tiene ninguna representación legal respecto delos demás, entonces los que no han recibido el pago que legalmente les corresponde de acuerdo a su porción en la copropiedad, como le informan anteriormente, no deben firmar la escritura, a menos que el comprador les haga el pago respectivo, ya que es éste y no el vendedor quien debe hacerlo.
No firmen la escritura decompraventa si no han reibido previamente su pago, ya sea mediante la entrega del numerario que a cada uno le corresponde, o bien en especie, mediante la escrituración a su favor del inmueble propiedad del vendedor.
-
Autor





