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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Octubre de 2011 18:04 2011-10-06 18:04 desde IP: 189.234.188.137
BUENAS TARDES:
Las concesiones, son actos del estado, no son propiedad de quien las detenta, no se pueden heredar, prescribir, donar, rentar, vender, ceder, dar en pago o recibr en pago, por tanto no son suceptibles de ser embargadas o rematadas. Pero el Carro, ese si, las placas deben ser entregadas al gobierno del estado, y el carro puede ser embargado, dado en pago o vendido, pero la copncesión, las placas, esas no.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
A B O G A D O .
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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