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AutorRespuesta No: 241005
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Octubre de 2011 15:39 2011-10-05 15:39 desde IP: 187.195.68.198
La Junta de Gobierno debe acordar en una de sus sesiones el otorgamiento de poderes para ser representados ante autoridades, juicios, etc.
Una vez autorizado dicho acuerdo, solicitar los servicios de un Notario para que elaboré el poder correspondiente y recabe las firmas de todos los miembros de la Junta y/o de a quién hayan encomendado tal acto.
Con ese poder podrías acreditar la personalidad, de lo contrario, ya sea si se elabora una demanda o contestación de la misma, deberán firmar los miembros de dicha Junta y autorizar como mandatarios judiciales al apoderado que refieres.
Saludos.
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