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  • Consulta : 127064
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 241063

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     zarco

    Respecto de las obras que esta haciendo su hermano le recomiendo ampliamente lea usted el Articulo 19 del Codigo de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y su correlativo en la Legislacion Procesal de su Estado. Precepto legal que referente al INTERDICTO DE OBRA.

    Saludos.