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AutorRespuesta No: 241063
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Octubre de 2011 22:45 2011-10-05 22:45 desde IP: 189.216.230.73
zarco
Respecto de las obras que esta haciendo su hermano le recomiendo ampliamente lea usted el Articulo 19 del Codigo de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y su correlativo en la Legislacion Procesal de su Estado. Precepto legal que referente al INTERDICTO DE OBRA.
Saludos.
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