Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 126804
  • Autor : MERCHE68
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 952
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 240749

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Antes de hacer nada debe verificar con INFONAVIT que se pueda realizar dicho traspaso y la modalidad bajo la que se haria es "redencion de pasivos", es decir con su credito se paga la deuda anterior y el excedente se entrega al deudor original, debe de verificar con abogado a quien le corresponde el dinero excedente.

    Por lo general los "traspasos" estan prohibidos por el Infonavit, por lo que para que no invierta su dinero y finalmente usted no llegue a ser el propietario del inmueble, mas vale que se asesore con el INFONAVIT, si este autoriza la transaccion no tendra ningun problema, de lo contrario no podra hacer uso de su credito para esta transaccion.