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AutorRespuesta No: 240585
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Fecha de respuesta: Sábado 01 de Octubre de 2011 10:35 2011-10-01 10:35 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
De conformidad conlos artículos 24 y 25, fracción III, en relación con el numeral 37, de la Ley Federal del Trabajo, para que los contratos por tiempo determinado constituya una de las excepciones del Código Laboral que implícitamente señala que deben de ser por tiempo indefinido, es necesario que se estipule, con toda precisión, la naturaleza delos servicios que va a prestar el trabajador, y no que se mencione,de manera imprecisa y poco clara, que el contrato se celebra por un tiempo determinado por trabajos excepcionales que se han presentado, ya que si no se hace así, se viola el derecho a la permanencia del trabajo; en consecuencia, si en la empresa en que trabaja, no es especifica con toda claridad y precisión, en qué consisten los trabajos excepcionales que se han presentado y las razones de esa necesidad extraordinaria de contratar a otros trabajadores, distintos de los que el patrón emplea en las actividades normales, el contrato no cumple entonces con las exigencias de la Ley Federal del Trabajo y,como consecuencia,se considera como un contrato por tiempo indefinido, aún cuando en su redacción se señale una temporalidad.
Si vencido el contrato al que usted hace referencia, es separado del empleo, deberá demandara la empresa por despido injustificado, precisamente porque los contratos que usted ha firmado, son nulos en cuanto a su temporalidad.
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