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AutorRespuesta No: 240570
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Septiembre de 2011 23:02 2011-09-30 23:02 desde IP: 187.159.183.241
???? pues si el còdigo de su estado lo contempla, claro que es causal...
Muchas veces lo usé, aunque varios abogados confunden la acción familiar con la vía penal, y es cuando mal-orientan al cliente y le dicen que el adulterio si no se apega al tipo penal, NO SIRVE, y claro que no es así.
Suerte.
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