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  • Consulta : 126550
  • Autor : anskarius
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  • Autor
    Respuesta No: 240347

  • anskarius
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El mismo interno puede solicita al Tribunal Superior de Justicia de su estado el beneficio de preliberación, y el Juez de Ejecución de Sentencias solicitara  información del reo.
    El juez convoca en un plazo de 72 horas a una  audiencia al sentenciado, al MP, al abogado o defensor de oficio y a la víctima.

    Durante la audiencia se desahogan las pruebas y el Juez resuelve si otorga el beneficio; en caso de no ser favorable, se puede apelar.

    no es tan necesario tener a un abogado ya que este les puede arrancar una muy buena lana en caso de que se de la preliberacion.....que acuda la esposa a solicitar informacion CON EL JUEZ DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS
    y evite pagar abogado o dar mordidas....