Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 126541
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 240348

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Dado que únicamente prestó sus servicios durante seis meses y ocho días, le corresponden tres días de vacaciones, el veinticinco por ciento del sueldo de esos tres días por concepto de prima vacacional y, 8.75 días de aguinaldo.

    Sin embargo, lo anterior es con las reservas correspondientes, ya que no señala cuál es la causa por la que dejó de trabajaro el veintitrés de septiembre, si fue por renuncia, terminación contrato por tiempo u obra determinada, rescisión justificada de contrato o despido injustificado, ya que dependiendo de ese motivo, podría tener derecho o no a otro tipo de prestaciones.