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  • Consulta : 126284
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si desde luego su papa tiene derecho a una pensión  de cesantia ya que esta inicia a los 60 años de edad y el requisito es que este privado de un trabajo remunerado.Por otra parte podria tramitar pension por enfermedad general  que entra en el ramo de invalidez ya que esta en conservación de derechos. pero seria que se desgastara para su calificación  lo mas conveniente es que tramite  la cesantiá.