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AutorRespuesta No: 239742
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Septiembre de 2011 13:08 2011-09-24 13:08 desde IP: 189.249.49.81
Te sugiero el artículo 144 del Código Penal del Distrito Federal, nada mas checa la controversia que se generó en la consulta 125520...
Saludos.
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