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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Septiembre de 2011 17:54 2011-09-23 17:54 desde IP: 187.139.147.4
"Vamos por partes" Dirian en la Colonia Doctores.
1.- Por lo que mencionas la Sra. Fue la que se presento a tu trabajo para llevar el aviso???? De ser asi, no tiene ningun poder "legal" para efectuar el descuento, este debe de ser notificado por personal de la instancia donde fue requerido el pago de la pension alimenticia
2.- Es preferible hacerse acompañar de un Licenciado especialista en derecho familiar, para que este sea el encargado de dar contestacion y seguimiento a la denuncia que se entable en su contra.
3.- Por supuesto que deben de tomar en cuenta su actual situacion, en cuanto a tener 2 hijos y revisar los gastos normales y extraordinarios que estos requieran, porque tanto tiene derecho uno como el otro.
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