- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 125765
- Autor : TANGO210
- Consultas en Foro: 15
- Respuestas en Foro: 1327
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6892
-
: 50 % -
: 50 %
-
AutorRespuesta No: 239444
-
Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 21:19 2011-09-21 21:19 desde IP: 201.114.222.253
Puedes querellarte por fraude, y ya en la cárcel te paga porque paga, generalmente en las legislaciones no es un delito grave, es decir alcanza caución, pero para ello tiene que cubrir la reparación del daño. El problema aqui es que des con el. SAludos
-
Autor





