Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 125706
  • Autor : Primus Tribunus
  • Consultas en Foro: 14
  • Respuestas en Foro: 2384
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 22 %
  • : 77 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 239423

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    mariaelenaguille:

    Dispone de diez días hábiles a partir de que el juicio es radicado en el tribunal colegiado que le corresponda por razón de turno pues así lo dispone el artículo 167 de la Ley de Amparo.