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AutorRespuesta No: 239423
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 18:17 2011-09-21 18:17 desde IP: 189.136.93.213
mariaelenaguille:
Dispone de diez días hábiles a partir de que el juicio es radicado en el tribunal colegiado que le corresponda por razón de turno pues así lo dispone el artículo 167 de la Ley de Amparo.
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