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  • Consulta : 125663
  • Autor : Maxwel Smart
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    Respuesta No: 239343

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Como regidor, Ud. ibtegra un órgano colegiado (El Cabildo) la regla general es que los integrantes de este tipo de órganos, no tienen facultades unipersonales, (como los diados), sino que sus determinaciones, se toman en sesión previo quórum pero ¿que le parece si en lugar de hacerla la "chamba" al síndico; Ud. plantea su recurso y le arroja la carga a él de desecharlo o admitirlo?

    O sea, y lo digo en serio, epéguese a ese sano principio jurídico ancestra que reza "A ver si es chicle y pega"