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AutorRespuesta No: 239339
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 00:02 2011-09-21 00:02 desde IP: 189.216.5.236
El artículo 5° Constitucional garantiza que Usted pueda dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. Usted puede crear la empresa que quiera siempre que se lícita, y no importa que tenga una plaza en el gobierno.
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