- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 125575
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 239241
-
Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 14:14 2011-09-20 14:14 desde IP: 201.103.128.197
Compañero andas perdido... y el Juez y la Sala tuvieron razón en no admitir tu demanda.
No puedes pedir la entrega del inmueble y a la vez la rescisión del contrato por incumplimiento.
O pides una cosa o la otra.
Si tu cliente es el vendedor (cosa que no especificas) y le dio la posesión de la cosa que vendió, sin haber recibido el precio.
Puede solicitar la rescisión y en consecuencia, que regresen las cosas al estado que guardaban antes. Tu regresas el dinero que hayas recibido y el otro te regresa la cosa.
Pero no puedes pedir la rescisión y la entrega del inmueble mediante acción reivindicatoria, pues ésta compete a quien es propietario de la cosa y no la tiene en posesión.
Aquí ya hubo un contrato de compraventa, que aunque no cumple las formalidades de ley, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho.
En consecuencia, organiza bien tus ideas y en lugar de pretender combatir, solicita la devolución de tus documentos e inicia la acción correspondiente.
Saludos.
-
Autor





