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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 11:25 2011-09-20 11:25 desde IP: 187.194.14.134
los hijos... dentro o fuera del matrimnio...tienen la misma jerarquia de derechos.... no puedes impedir.. de ninguna forma que la madre de ese hijo RECONOCIDO POR TI ANTE EL REGISTRO CIVIL Y QUE TIENE EN SU ACTA TU APELLIDO... reciba lo que en derecho le corresponde com o hijo... alimentos y derechos a heredar...
tu asunto es muy serio.... te veras afectado en tus propiedades por medio de un embargo para garantizar el pago de alimentos... asimismo... deberás de dar una cantidad no inferior del 10% y no mayor del 20% sobre tus ingresos ...
ha llegado el momento de dar explicaciones a tu esposa... y de que esta ponga su demanda y rescate los bienes que a sus hijos le corresponde... pero TU... no te salvas de dar pensión alimenticia... y con el tiempo de dar ...herencia...
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