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  • Consulta : 125526
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 239216

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si demanda la indemnización constitucional por el despido injustificado, sólo procede el pago de los tres meses de salario.

    Si demanda la reinstalación y cumplimiento del contrato de trabajo y el patrón no quiere reinstalarlo, entonces procede el pago de los 20 días por año, además de la indemnización constitucional.

    No se pueden ejercitar las dos acciones a la vez, pues son contradictorias, es primero una y para el caso de insumisión al laudo por parte del patrón (por no querer reinstalar) es la otra.

    Saludos.