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AutorRespuesta No: 239103
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Septiembre de 2011 12:19 2011-09-15 12:19 desde IP: 187.141.102.198
Es correcto el comentario de la respuesta anterior, ya que en todas las demandas de tipo civil, el emplazamiento y la primera notificacion se haran en forma personalmente al demandado, el notificador del juzgado se cerciorara de que sea el domicilio del demandado, domicilio que proporciona el actor en la demanda inicial, pues de otra forma no podra el demandado contestar la demanda instaurada en su contra.
tal como lo disponen los articulos que se te menciona en la respuesta anterior, también te sugiero darle un vistazo al art.327 y 328 del código Federal de procedimientos civiles. Saludos tu amiga Tehuana.
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