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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Septiembre de 2011 20:35 2011-09-14 20:35 desde IP: 187.194.14.134
jajajaj....
si ya estaba señalado el domciilio y no se encuentra para la notificaciòn del mismo... puedes señalar los estrados del juzgado.... y que el juez de vista a la contraria para que en termino de ley diga lo que a su interes convenga... que buieno que te esta pasando esto... para que pongas mas atenciòn a los asuntos... y resuelvas conforme a derecho en lo futuro...
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