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  • Consulta : 125428
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 239059

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    jajajaj....

    si ya estaba señalado el domciilio y no se encuentra para la notificaciòn del mismo... puedes señalar los estrados del juzgado.... y que el juez de vista a la contraria para que en termino de ley diga lo que a su interes convenga... que buieno que te esta pasando esto... para que pongas mas atenciòn a los asuntos... y resuelvas conforme a derecho en lo futuro...