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  • Consulta : 125376
  • Autor : ABOGADOS VBR
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  • Autor
    Respuesta No: 238964

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Haz caso omiso del requerimiento pues si no esta dirigido a ti o algun familiar tuyo entonces, no tienes porque pagar las deudas de los demas, para la proxima no los atiendas ok, suerte.

     

    Atentamente

    Lic. Victor Borgonio Rivera