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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Septiembre de 2011 18:57 2011-09-12 18:57 desde IP: 189.156.229.220
Como concubina tienes derecho, pero el problema es que con las reformas tienes que acreditarlos mediante un juicio, y si tu trabajas no dependes economicamente de el, asi que no alcanzarias pension como concubina, y ademas no hay menores de edad, ese bien inmueble no lo estas pagando tu y no te pertenece, porque se lo estan descontando por nomina , no se porque dices que lo pagan ambos, si te casas no pertenece a la sociedad conyugal, al menos que hagas una capitulacion, es como un contrato que esa casa va a formar parte de la sociedad conyugal y que les pertenece a ambos por partes iguales, de lo contrario, en caso de divorcio, no puedes reclamar nada. Si en la actualidad te separas no puedes reclamar nada, no es tu propiedad.
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