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  • Consulta : 125221
  • Autor : P.D. Carlos R.
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  • Autor
    Respuesta No: 238763

  • P.D. Carlos R.
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    (Resumen de Actividades)

    Que tal buenas tardes.

    Claro que cometes bigamia, como lo dice al tenor del articulo correspondiente por bigamia: "...Comete el delito de bigamia el que, estando unido con una persona en matrimonio no disuelto ni declarado nulo, contraiga nuevo matrimonio con las formalidades legales...", lo procedente fue haberte divorciado antes de contraer matrimonio civil con otra persona.

     Y obviamente si tienes registrada a tu primer hija le asisten diferentes derechos uno de ellos es el de la pension alimenticia, si asi te lo requieren. Esto es primeramente ante instancia civil y si no cumplieses seria ante instancia penal.

    Ojala te ayude. Que estes bien.