Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 125098
  • Autor : LicVelazquez
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 1006
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 238611

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si Usted entregó los productos contra la recepción de los cheques en vía de pago del precio de aquellos, y TOME NOTA, entre la remisión, factura o nota de venta, no existe convención o estipulación de algún plazo para el pago de los productos o cualquiera otra que evidencie el otorgamiento de crédito al comprador, procede una denuncia penal por fraude específico. 

    Consulte con un abogado de su confianza, no coyote y no tinterillo que lo vaya a exponer a pérdida de tiempo y de recursos, por la falta de estudio minucioso de su caso y de los elementos normativos del delito de fraude.

    No obstante, Usted puede también iniciar acciones legales para el cobro ejecutivo del adeudo, es decir, cobro con ejecución o embargo de bienes del demandado, siempre y cuando los cheques ya se hubiesen presentado formalmente para su pago y exista en ellos la razón de la insuficiencia de fondos.

    Saludos.