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  • Consulta : 125097
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 238610

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    Anda más perdido que la chinita del bosque, pero me agrada que nos venga a consultar y mucho más que le podamos ayudar.

    Al reverso de la factura del automóvil anote la siguiente leyenda que deberá firmar ( y recomiendo se ratifique la firma ante Notario Público mediante acta anexa al documento) el actual propietario:

    "Cedo el 50% cincuenta por ciento de los derechos de propiedad que ampara el presente título o factura al señor ELEKTOR, con domicilio en XXXXX de Ciudad XXXXX. 

    Los derechos y obligaciones de los propietarios pueden consignarse en el mismo documento, incluyendo las estipulaciones sobre posesión, uso, disfrute, conservación, responsabilidadades administrativas o fiscales y de vialidad.

    La copropiedad no es otra cosa que la propiedad compartida, y esta modalidad nace de la ley o de la voluntad de los contratantes. La copropiedad no significa división de la cosa o identificación de las partes que la integran; el dominio indiviso se extiende como una parte "alícuota" o "imaginaria" o "ideal" que se extiende sobre todas y cada una de las partículas que integran el bien compartido.

    Saludos cordiales.