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  • Consulta : 124913
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 238392

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cerillo... saludos... la verdad es que si el documento ha cprescrito por lo que ve a su  accion.... la ejecuto9va mercantil... de tres años contados de la fecha de cobro... a la presnete fecha... y lo tenia en juicio... le ha caducado y prescrito dicho documento... y tendria que hacer  nuevo juicio pero con la acciòn causal y no la ejecutiva...por lo que pierde el derecho a reclamar  interes moratorio por todo el tiempo que  duro sin oponer  causa judicial... saludos...