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  • Consulta : 124774
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguida Fanny

    En su caso concreto no se debe esperanzarse a tener la pensión alimenticia para su hija para pagar sus préstamos, deberá trabajar, el general no tuvo a bien registrar a su hija ante el ISSFAM para evitar penas a su familia, y usted consintió, durante más de 5 años esa falta de servicio de seguridad social.

    El trámite del issfam es rápido y sencillo,  y nadie le dice mentiras, presente el atestado del registro civil donde aparezca que el general es el padre de la menor y cualquier documento que acredite que es militar en retiro, y una constancia municipal que dicha persona vivía con ustedes y ustedes dependían económicamente del militar.

    En caso de que proceda el trámite es rápido en caso de que no proceda ocurra a la junta directiva y esta dará la resolución, si no entrega la documentación correcta estará dando vueltas, recuerde que el instituto puede notificarle y orientarle hasta su domicilio y por teléfono.

    En via de orientación trascribo el siguiente:

    Ley ISSFAM

     

    Artículo 192. Los familiares de militares que se consideren con derecho a beneficio, solicitarán el otorgamiento de compensación o pensión directamente al Instituto, acompañando la documentación comprobatoria necesaria y éste, en un término que no exceda de cinco días hábiles, turnará el escrito petitorio y sus anexos a la Dirección encargada de tramitar administrativamente los retiros de la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina, en su caso, misma que dentro de los siguientes sesenta días hábiles resolverá lo concerniente, previo estudio del expediente militar y de las pruebas aportadas por los interesados, determinen la personalidad militar, la jerarquía y la situación en que quedaba como miembro de las Fuerzas Armadas, en el momento de su muerte, la persona de quien deriven sus derechos los peticionarios.

     

    Éstos podrán, después de presentada la solicitud, aportar directamente a la Secretaría correspondiente de que se trate las pruebas que estimen pertinentes.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    (Méx. D.F.)

    al 044 55 44 75 52 43

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