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  • Consulta : 124769
  • Autor : gggggtttttvvvvvi
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  • Autor
    Respuesta No: 258690

  • gggggtttttvvvvvi
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no aplica la prescripcion, sin embargo puedes amparate aduciendo que en la fecha del embargo la propiedad ya habia salido del patrimonio de tu vendedor lo cual puedes acreditar con copia cotejada de el libro de el notario en que se realiza la compra venta, o con el traslado de dominio de la propiedad...