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  • Consulta : 124678
  • Autor : masb
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  • Autor
    Respuesta No: 238102

  • masb
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal buen día;

    Por convenio se puede quedar en común acuerdo entre su esposa y usted, la cantidad que otorgará por concepto de pensión alimenticia a sus hijos, el lado negativo de esto es que el juez de oficio solicitará el aseguramiento de los alimentos, que quiero decir; que tendría usted que dar una garantía ya sea en fianza, caución o prenda a favor de sus hijos para que de esta forma en caso de que usted llegará a faltar con su obligación de dar los alimentos que se estipularon en el convenio, se ejecute dicha garantía a favor de sus hijos.

     

    Lo que yo le recomiendo es que haga unas preliminares de consignación en el juzgado de lo familiar. Se preguntará ¿qué es esto? pues se presenta un escrito en donde se dice que usted quiere cumplir con su obligación de proporcionar alimentos a sus hijos y que depositará una cantidad "x" los primeros cinco días de cada mes, junto con este escrito que le comento tiene que adjuntar un billete de deposito por la cantidad que piensa dar como pensión alimenticia.

    Espero y le sirva mi ayuda