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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Septiembre de 2011 20:25 2011-09-05 20:25 desde IP: 189.233.28.69
buenas tardes cerillo, es correcto lo que mencionas, y no lo contradigo, pero aqui hay un punto claro que el ascendiente como lo es el padre, no se ha hecho responsable desde el primer momento de la concepción, ya que como se acredita no llevan el apellido de este, por lo que no existe ningun vinculo.
ahora bien como ya se ha comentado en otras consultas cuando le dicen a la mujer, que pide una pension alimenticia (ojo el niño no lleva el apellido del padre), le dicen que no tiene derecho a ella, puesto que tendria que demandar el reconocimiento de paternidad, estariamos en el mismo caso, para que se de la patria potestad con el padre, el menor tendria que llevar sus apellidos. Ahora bien tu servidor refiere que lo haga ante un notario no como testamento sino como una acta de su voluntad, para que en determinado momento se demande la guardia y custodia ante un juez de lo familiar.
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